De conformidad con el apartado 2 del artículo 64 del Real Decreto Legislativo 1/2015, de 24 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios, “Los laboratorios farmacéuticos deberán cumplir las normas de correcta fabricación publicadas por el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, conforme a las directrices detalladas sobre prácticas de correcta fabricación de medicamentos establecidas en el marco comunitario.”
Para la fabricación de medicamentos, la industria farmacéutica debe asegurar el mantenimiento de los altos estándares de garantía de la calidad en el desarrollo, fabricación y control de los medicamentos. Por ello, los laboratorios farmacéuticos fabricantes e importadores de medicamentos establecidos en cualquiera de los Estados Miembro de la Unión Europea deben disponer de la correspondiente autorización como laboratorio farmacéutico fabricante (Manufacturer/Importer Authorisation, MIA) y del Certificado GMP vigente emitido por las autoridades competentes en base a las inspecciones periódicas realizadas a los laboratorios para controlar, evaluar y verificar el grado de cumplimiento de las GMP.
Las Good Manufacturing practices (GMP) o las Normas de Correcta Fabricación (NCF) se definen como “la parte de la garantía de calidad que asegura que los medicamentos son elaborados y controlados de acuerdo con las normas de calidad apropiadas para el uso al que están destinados”. Los principios y directrices de las prácticas correctas de fabricación de los medicamentos de uso humano y de los medicamentos en investigación tal como se establece en la Directiva 2003/94/CE y para medicamentos de uso veterinario en la Directiva 91/412/CEE.
La guía de NCF proporciona una ayuda para la interpretación de los mencionados principios y directrices estructurándose en cuatro partes y en anexos específicos. La parte I abarca los principios para la fabricación de medicamentos y la parte II los aplicables a las sustancias activas empleadas como materiales de partida. En la parte III se recogen documentos relacionados con las normas de correcta fabricación como las guías ICH o notas explicativas de la EMA. En 2018 se establecieron en la parte IV las directrices específicas para los medicamentos de terapia avanzada que hayan obtenido una autorización de comercialización y de los utilizados en el entorno de un ensayo clínico.
La parte I de requisitos básicos para medicamentos se encuentra dividida en nueve capítulos, en los cuales se describen los aspectos esenciales a tener en cuenta a la hora de implantar cada principio:
- Capítulo 1. Sistema de calidad farmacéutico. El sistema de calidad debe incorporar las NCF y la Gestión de Riesgos para la Calidad. Este debe estar totalmente documentado y debe controlarse su eficacia.
- Capítulo 2. Personal. En este capítulo se establece que debe haber suficiente personal cualificado para llevar a cabo todas las tareas que son responsabilidad del fabricante. Cada persona debe comprender claramente sus responsabilidades, las cuales deben quedar registradas. Todo el personal debe ser consciente de los principios de las normas de correcta fabricación que le aplican y recibir formación inicial y continua.
- Capítulo 3. Locales y equipos. Los locales y los equipos tienen que emplazarse, diseñarse, construirse, adaptarse y mantenerse para adecuarse a las operaciones a realizar. Su disposición y diseño tiene que tener por objetivo minimizar el riesgo de errores y permitir una limpieza y mantenimiento eficaces para evitar la contaminación cruzada, la acumulación de polvo o suciedad y, en general, cualquier efecto adverso sobre la calidad de los productos.
- Capítulo 4. Documentación. El objetivo principal del sistema de documentación es establecer, controlar, monitorizar y registrar todas las actividades con impacto directo o indirecto en cualquiera de los aspectos de la calidad de los medicamentos. Este debe definirse completamente dentro del Sistema de Gestión de Calidad del fabricante y puede existir en diferentes formas, como soporte en papel, electrónico o medios fotográficos. Existen dos tipos de documentación, las instrucciones y los registros e informes. Es indispensable implantar controles apropiados para asegurar la exactitud, la integridad, la disponibilidad y la legibilidad de los documentos.
- Capitulo 5. Producción. En este capítulo se establece que las operaciones de producción tienen que seguir procedimientos claramente definidos; tienen que cumplir con los principios de las normas de correcta fabricación con el fin de obtener productos de la calidad requerida y ser conformes a las autorizaciones de fabricación y comercialización pertinentes.
- Capítulo 6. Control de Calidad. En cuanto al control de calidad, este afecta muestreo, especificaciones y ensayos, así como a la organización, documentación y procedimientos de liberación que garanticen la realización de los ensayos pertinentes y necesarios y la no liberación de los materiales para su uso, ni de los productos para su venta o distribución hasta que su calidad haya sido considerada satisfactoria. El control de calidad debe intervenir en todas las decisiones que puedan afectar a la calidad del producto y debe tener una independencia total respecto a producción para garantizar el funcionamiento satisfactorio de este.
- Capítulo 7. Actividades subcontratadas. Cualquier actividad incluida en la Guía de NCF que sea subcontratada debe estar adecuadamente definida, acordada y controlada para evitar malentendidos que puedan dar como resultado un producto u operación de calidad insatisfactoria. Se necesita formalizar un contrato por escrito entre el agente contratante y el agente contratado que establezca claramente las responsabilidades de cada parte.
- Capitulo 8. Reclamaciones, defecto de calidad y retiradas de productos. Con el fin de proteger la salud pública y la salud animal, debe establecerse un sistema y procedimientos apropiados para registrar, evaluar, investigar y revisar reclamaciones que incluyan defectos potenciales de calidad, y si fuera necesario, retirar de una forma rápida y eficaz los medicamentos de uso humano o veterinario y medicamentos en investigación de la cadena de distribución.
- Capitulo 9. Autoinspección. Se deben realizar autoinspecciones periódicas para comprobar el grado de aplicación y verificar el cumplimiento de las Normas de Correcta Fabricación y proponer las necesarias medidas correctoras a cada
Actualmente, la guía de NCF consta de 21 anexos, los cuales se van actualizando periódicamente. En estos se establecen, entre otros, las directrices relacionadas con la fabricación de medicamentos estériles, en investigación medicamentos, a base de plantas o consideraciones más específicas relacionadas con la cualificación y validación, liberación paramétrica o importación de medicamentos.